Airbnb, en manos de los condóminos; decidirán límites y operación

 Prosoc plantea que desde las asambleas vecinales -que serán obligatorias- se resuelva su presencia en cada edificio


 



Que los condóminos sean quienes a través de sus asambleas definan si quieren o no -y bajo qué reglas- la presencia de Airbnb en sus condominios, así lo planteó la Procuraduría Social en sus propuestas de reforma a la Ley de Régimen de Propiedad en Condominio que envió a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, mismas que están en revisión para eventualmente ser remitidas al Congreso capitalino.

La procuradora social, Patricia Ruiz Anchondo confirmó a El Sol de México que la regulación de Airbnb en los inmuebles bajo el régimen de condominio “se abordó en el sentido de que sea la asamblea Condominal la que reglamente si permite o no el arrendamiento (de corto plazo a través de Airbnb)”.


“Se tiene que reglamentar, no prohibir. Uno no puede limitar lo que hagas con tu unidad privativa, pero sí puede reglamentar lo que se haga con las áreas comunes (...) Algunos (condominios) tienen amenidades y las ponen como atractivo para que les renten el departamento, pero se trata de zonas de bien común”, comentó.

Esto ya que los principales problemas con Airbnb ocurren por el uso de estos espacios comunes. Este diario también ha documentado que resulta más rentable para los propietarios de departamentos acabar con el alquiler tradicional de inquilinos de mediano y largo plazo, para ofrecer estancias cortas en Airbnb a turistas nacionales y extranjeros.

“Entonces, en el reglamento tienen que establecer si permiten que los inquilinos de Airbnb puedan utilizar las zonas de amenidades, gimnasios, albercas, tiene que estar en el reglamento”, subrayó.

ADMINISTRADORES

La representante de la Red de Profesionales en Administración de Condominios A.C., Mara Cavazos comentó que la operación de Airbnb en un inmueble con régimen de condominio es ilegal porque su sola operación implica el pago del impuesto sobre el hospedaje y eso le da al departamento un uso de suelo comercial y ya no residencial.

Sin embargo, dijo, en caso de que un condominio acepte la operación de Airbnb tendría que ser con un reglamento estricto y claro en el que se establezca las condiciones o la prohibición del uso de áreas comunes o amenidades, ya que además eso representa un trabajo y responsabilidad extra para administradores.

Esto ya que deben tener un registro puntual sobre los habitantes del condominio, lo cual sería imposible si en un departamento cada semana cambian los inquilinos.

“Si en la ley está que tú como administrador tienes que tener un directorio con el nombre de todas las personas que viven ahí, con Airbnb se hace imposible porque nunca vas a tener el número total de las personas que están viviendo ahí y sus nombres. En renta fija sí puedes tener el control, pero si cambian las personas dos o tres días, es inoperante”, consideró.

Y agregó: “hay edificios en Cancún que son condohoteles, ahí tú compras porque ya sabes que vas a tener huéspedes, entonces tendría que existir una nueva figura, un condominio turístico, y entonces sí.

Mientras el condominio esté en un régimen, no se puede. No se está prohibiendo, Airbnb simplemente es ilegal en régimen de condominio”.




Fuente
Israel Zamarrón | El Sol de México
MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2020
https://www.elsoldemexico.com.mx/metropoli/cdmx/airbnb-en-manos-de-los-condominos-decidiran-limites-y-operacion-5584475.html?fbclid=IwAR3ZDz_7xC0Qb3IZL6eIpZgrrcqHZrv18Tb7iHyIOq91nL1-RRdv0c4ORnQ

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